Uniteco Profesional Correduría de Seguros suscribe con sus trabajadores, clientes, proveedores y partners un compromiso de profesionalidad y diligencia en el cumplimiento de la ley, conscientes de que el sector de actividad de nuestras operaciones exige unos elevados estándares que se plasman en nuestro manual de buenas prácticas. 


Para reforzar nuestra cultura de integridad y compromiso con nuestros valores, Uniteco Profesional Correduría de Seguros dispone de un Canal Interno de Información que tiene por objeto canalizar y dar cumplimiento y seguimiento a cualquier información de posibles conductas que contravengan el ordenamiento normativo europeo, español o de terceros países en los que opere regularmente Uniteco Profesional Correduría de Seguros. 


Tales incumplimientos son igualmente exigibles sobre los procedimientos que configuran nuestra línea ética.


El Canal Interno de Información podrá ser utilizado por todas las personas de nuestra Organización, así como clientes, contratistas, proveedores y cualquier otra persona física o jurídica que mantenga una relación de negocio con Uniteco Profesional Correduría de Seguros.


Cualquiera de las personas que cumpla los anteriores requisitos podrán realizar las comunicaciones al Canal Interno por medio de las siguientes vías:


  1. Iniciando una nueva comunicación, clicando en el botón que aparece mas abajo "Crear una nueva comunicación"


2. Por correo postal o mensajería, a la dirección de Uniteco Profesional, Correduría de Seguros, calle Pez Volador 22, ( CP 28007 Madrid).


Todas las comunicaciones realizadas, serán documentadas de forma que pueda constar de forma fidedigna el contenido e integridad de la misma, ofreciendo a su autor la posibilidad de rectificar, suprimir, enmendar o completar el relato de los hechos hasta su aceptación.


Conforme a lo establecido en el ordenamiento jurídico, será gestionada con garantía de confidencialidad, en la medida en que sea compatible con la averiguación de los hechos informados.


En caso de que desee realizar una comunicación anónima, no deberá incluir ningún dato de carácter personal que permita identificarle, desde su nombre completo, su cargo en la empresa o la relación que le une con los autores de los hechos denunciados.


Deberá igualmente verificar la seguridad de los medios telemáticos mediante los cuales se realiza la comunicación.


¿Qué ocurrirá con la comunicación?


Su comunicación será revisada por la persona designada por la Organización que determinará la acción inicial más apropiada cumpliendo con los plazos  establecidos en la ley y los requerimientos de información complementaria necesaria para llegar a un mejor conocimiento de los hechos y a la prescripción que proceda según la naturaleza de los hechos.


Confidencialidad.


Uniteco Profesional Correduría de Seguros trabaja con la sociedad danesa whistleblowersoftware, proveedor externo que se encarga de la administración de servicios por vía web, y que gestionará el Canal de la Organización. El proveedor tiene certificada la confidencialidad de cualquier información que se presente en una comunicación y el anonimato de los autores de las informaciones.


Conforme a la naturaleza de los hechos y a las exigencias de los artículos 9.2.j y 33.3 de la Ley 2/2023 de 20 de febrero, la empresa tiene el deber de comunicar los hechos que pudieran ser constitutivos de delito, razón por la cual el informante debe de saber que la empresa puede verse obligada a trasladar la identidad del informante.


Protección de datos.


La Línea Ética de Uniteco Profesional Correduría de Seguros está pensada para dar curso a aquellos datos e informaciones veraces, pertinentes y necesarias para gestionar y tramitar las comunicaciones recibidas y, en su caso, investigar los hechos comunicados. Los datos e informaciones no veraces, o cuya pertinencia no resulte manifiesta en este sentido tras su análisis inicial, se eliminarán sin más dilación, sin perjuicio de la información que pueda conservarse para utilizarse en acciones que puedan interponerse como consecuencia de ilícitos penales a que pueda dar lugar la información que se acredite como no veraz.


Sólo se tratarán datos de categoría especial (que revelen el origen étnico o racial, las opiniones políticas, las convicciones religiosas o filosóficas, la afiliación sindical, así como datos genéticos o biométricos que permitan identificar unívocamente a una persona física, datos relativos a la salud o la vida u orientación sexuales de una persona física) cuando su pertinencia y necesidad resulten igualmente manifiestas para con la gestión y tramitación de las comunicaciones recibidas y, en su caso, la investigación de los hechos comunicados. 

Los datos de categoría especial que no cumplan esta condición serán también eliminados del sistema sin más dilación.


Las comunicaciones realizadas a través del Canal de Comunicación de Uniteco Profesional Correduría de Seguros, serán tratadas de conformidad con la legislación aplicable en materia de protección de datos. 


Protección frente a represalias y discriminación.


Uniteco Profesional Correduría de Seguros se compromete conforme al art. 36 de la Ley 2 /2023 de 20 de febrero a que ninguna persona que reporte de buena fe un asunto que le preocupa con arreglo a esta política se vea perjudicada de algún modo por haber presentado dicho reporte, tanto si la cuestión reportada queda demostrada en última instancia como si no.


En el caso de que una persona crea que está siendo discriminada o perjudicada por otra persona de la Organización como resultado de haber informado de un caso o haber ayudado en cualquier investigación de acuerdo con esta política, deberá informar inmediatamente al Responsable del Canal y se tomarán las medidas adecuadas para su protección ante cualquier represalia o amenaza de represalia.


Canal externo de informaciones (Autoridad Independiente de Protección del Informante A.A.I.).


Conforme a la Ley 2/2023 de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de la lucha contra la corrupción (“Ley 2/2023”), el Canal de Interno de Información de Uniteco Profesional Correduría de Seguros conocerá de aquellos asuntos que puedan entrar dentro del ámbito objetivo de la Ley 2/2023.


Sin perjuicio a la posibilidad de reportar asuntos considerados potencialmente de esta índole en el Canal Interno de Información, existe la posibilidad de cursar estas comunicaciones en el canal externo de informaciones gestionados por la Autoridad Independiente de Protección del Informante A.A.I. en España.

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